miércoles, 14 de marzo de 2012

PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL ECUADOR


Atribuciones conferidas por la Ley de Propiedad Intelectual:

a)    Administrar los procesos de depósito y reconocimiento de los derechos sobre nuevas obtenciones vegetales;
b)    Resolver sobre el otorgamiento o negativa de los registros.
c)    Tramitar y resolver las oposiciones que se presentaren
d)    Administrar en materia de obtenciones vegetales los demás procesos administrativos contemplados en esta Ley
e)    Organizar y mantener un centro nacional de depósito de obtenciones vegetales o delegar esta actividad a la iniciativa privada; y
f)     Ejercer las demás atribuciones que en materia de obtenciones vegetales se establecen en esta Ley y en el reglamento.

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